Canal de Denuncia
QUEREMOS AYUDARTE
Te invitamos a hacer tus consultas o denuncias mediante los canales de denuncia habilitados para todas las personas y colaboradores.
Cuando nos contactes, te sugerimos enviarnos toda la información posible que tengas a tu disposición para poder ayudarte de mejor forma. (Si lo deseas tu denuncia podrá ser anónima).
Todos somos Desco.
#CÓDIGO DE ÉTICA DE DESCO
En virtud de los principios morales, éticos y de buen comportamiento que deben regir a todos los Trabajadores o Colaboradores y Directores de DESCO, DESCO ha implementado su propio CODIGO DE ETICA, el cual es obligatorio para todos, pretendiendo regular de manera especial y uniforme a todos los funcionarios de nuestra empresa en un buen actuar en el desempeño de sus labores o funciones.
Cabe destacar, que este instrumento no pretende regular específicamente el caso a caso o situaciones particulares del día a día en la empresa, si no establecer una serie de generalidades, alineamientos y principios del buen actuar requeridos por DESCO.
¿QUE HAGO SI VEO O TENGO CONOCIMIENTO DE UN ACTO O HECHO CONTRARIO AL CODIGO DE ETICA DE DESCO O A LA LEY?
Denuncie fundadamente a :
- A través de un formulario web en esta página web.
- A través del respectivo correo electrónico canaletico@desco.cl
- A través de correo físico postal de la dirección de la empresa (se debe tener presente por toda persona, que al elegir esta vía, se debe señalar obligatoriamente el remitente de los hechos para poder aclarar consultas o dudas sobre los hechos denunciados).
#DEL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS DE DESCO (MPDD) #LEY 20.393
¿QUÉ ES UN MODELO DE PREVENCION DE DELITOS?
El Modelo de Prevención de Delitos de DESCO, es un conjunto de actividades, herramientas y normas destinadas a prevenir y detectar en DESCO la comisión de los delitos de: Lavado de Activos (“LA”); Financiamiento del Terrorismo (“FT”); Receptación (“RT”) y Cohecho a funcionarios públicos nacionales y extranjeros (“CO”).
El Modelo actúa sobre los distintos procesos y actividades de la empresa, tanto habituales como esporádicas, que pueden estar expuestos a ser utilizados para la comisión de los delitos antes mencionados y busca cumplir la obligación de supervisión y dirección establecida en la Ley N°20.393, para efectos de evitar que en Desco existan las condiciones que permitan la comisión de los delitos antes expuestos. Por esto es importante la participación de todos en nuestro Modelo de Prevención de Delitos.
¿CÚALES SON LOS DELITOS QUE DEBEN PREVENIRSE?
Lavado de Activos (LA): Es aquel acto consistente en ocultar o disimular el origen ilícito de determinados bienes, sabiendo que éstos provienen, directa o indirectamente, de la perpetración de hechos constitutivos de delitos tales como: tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, conductas terroristas, tráfico de armas, robos, hurtos, infracciones a la Ley de Mercado de Valores (delitos base); o adquirir, poseer, tener o usar tales bienes, con ánimo de lucro, cuando al momento de recibirlos se tiene conocimiento de su origen ilícito.
Financiamiento del Terrorismo (FT): Delito que consiste en solicitar, recaudar o proveer, por cualquier medio, directa o indirectamente, fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de delitos terroristas.
Receptación (RT): Se refiere al delito que consiste en que, quién conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo, tenga en su poder, a cualquier título, especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato (robo de animales), de receptación o de apropiación indebida del artículo 470, número 1° del Código Penal, las transporte, compre, venda, transforme o comercialice en cualquier forma, aun cuando ya hubiese dispuesto de ellas.
Soborno: Delito que comete un particular que le ofrece o consiente dar a un empleado público nacional o extranjero un beneficio económico indebido para que éste ejecute un acto de su cargo, lo omita, infrinja sus deberes, ejerza influencia o cometa un delito funcionario (artículo 250 del Código Penal de la república de Chile)”.
Cohecho: Delito que comete un empleado público nacional o extranjero que solicita o acepta recibir un beneficio económico indebido (conocido coloquialmente como “coima” o “soborno”) para ejecutar o por haber ejecutado un acto propio de su cargo, por omitirlo, por infringir sus deberes, por ejercer influencia o cometer un delito funcionario (artículos 248, 248 bis, 249 del Código Penal de la República de Chile”.
¿QUIÉN ES EL ENCARGADO DE QUE EL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS DE DESCO FUNCIONE?
En la práctica, todos los colaboradores y relacionados con DESCO somos los encargados de que el MPDD, pero los encargados de fiscalizary supervisar el MPDD son:
Doña Jacqueline Orellana Ziegenbein como Encargada de Prevención de Delitos Empresa Constructora Desco S.A.
Don Benjamin Precht Rojas como Encargado de Prevención de Delitos de Inversiones Desco S.A. y sus Inmobiliarias.
¿CÓMO FUNCIONA EL MODELO?
El Modelo actúa sobre los distintos procesos y actividades de la empresa, tanto habituales como esporádicas, que pueden estar expuestos a ser utilizados para la comisión de los delitos antes mencionados. El Modelo busca cumplir la obligación de supervisión y dirección establecida en la Ley N°20.393, para efectos de evitar que en DESCO existan las condiciones que permitan la comisión de los delitos antes expuestos.
¿CÓMO DENUNCIO O CONSULTO?
Las vías de comunicación con los Encargados de Prevención de Delitos de DESCO son:
- A través de esta página web y su formulario de denuncias.
- A través del correo electrónico denunciasECDSA@desco.cl para contactarse con la encargada de prevención de delitos Empresa Constructora Desco S.A.
- A través del correo electrónico denunciasIDSA@desco.cl para contactarse con el encargado de prevención de delitos Inversiones Desco S.A. y sus Inmobiliarias.
MANUALES:
- MANUAL PREVENCIÓN DEL DELITO ECDSA. Descargar PDF
- MANUAL PREVENCIÓN DEL DELITO IDSA. Descargar PDF
- CÓDIGO DE ÉTICA ECDSA. Descargar PDF
- CÓDIGO DE ÉTICA IDSA. Descargar PDF
#PROTOCOLO UAF (LEY 19.913)
El propósito del presente protocolo consiste en establecer y entregar conocimientos generales acerca de la normativa establecida por la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero, en adelante UAF, e informar los deberes u obligaciones legales a que se encuentra obligado Inversiones Desco S.A., en adelante la Sociedad, sus filiales, directores, ejecutivos y en general de todos los trabajadores o colaboradores de la sociedad. Dentro de estos mismos, resulta principal el establecer como objetivo principal “la función de prevención en nuestra sociedad de delitos como el de lavado de activos y financiamiento del terrorismo” por parte de todos.
Además, el presente instrumento pretende evitar que la Sociedad sea utilizada para financiar actividades ilícitas o para dar apariencia de legitimidad a activos que emanen de dichos movimientos. En consecuencia, es obligación de todos los colaboradores conocer y descargar el actual protocolo disponible, en donde se encuentran los conceptos, alcances y detalle de que hacer freten a cualquier operación que les resulte sospechosa y diga relación con prevenir actividades contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Además, es deber de cada colaborador, ejecutivo y director denunciar de forma oportuna cualquier operación que, a juicio de éste, posea el carácter de sospechosa, para lo cual deberá hacer llegar dicha información al Oficial de Cumplimiento designado por nuestra sociedad. Recalcamos ante cualquier duda o consulta por absurda que parezca CONSULTE al oficial de cumplimiento designado como se explicita más adelante.
“Todos Somos Desco”
¿CÓMO REPORTO O CONSULTO?
Si se identifica una operación inusual por cualquier persona relacionada con la sociedad o por parte de cualquier Colaborador, Ejecutivo o Director se debe informar de inmediato al Oficial de Cumplimiento designado por la sociedad. En la actualidad nuestro Oficial de Cumplimiento designado para las sociedades Inversiones Desco S.A. e Inmobiliarias es doña JACQUELINE ORELLANA ZIEGENBEIN. Para tales efectos, la manera de informar, reportar o realizar cualquier consulta es mediante correo electrónico dirigido a doña JACQUELINE ORELLANA ZIEGENBEIN al correo electrónico jorellana@desco.cl (quién deberá dar acuse de recibo) con copia a cpastene@desco.cl, indicando en el asunto la sigla “UAF”, procediendo a describir:
- Sus datos personales y teléfono, correo de contacto.
- Indicar todos los antecedentes de la operación observada. (fecha, nombres, hechos, informe, denuncia, consulta, etc)
- Descripción de la transacción (Tipo, monto, fecha y forma de pago)
- Sujetos relacionados
- Adjuntar todos los antecedentes que considere oportunos y necesarios.
DESCARGAR DOCUMENTOS:
A continuación ponemos a tu disposición los códigos reguladores que rigen nuestra empresa DESCO:
MANUAL PREVENCIÓN DEL DELITO ECDSA MANUAL PREVENCIÓN DEL DELITO IDSACÓDIGO DE ÉTICA ECDSA CÓDIGO DE ÉTICA IDSA.